“Clasificación de Constituciones y Antecedentes del Constitucionalismo”


UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

Escuela Profesional de Derecho

MONOGRAFÍA

“Clasificación de Constituciones y Antecedentes del Constitucionalismo”

INTEGRANTES:

- Shirley A. Quecaño Callahuanca (COORDINADORA) 

- Eva Judith Cuarita Choquegonza 

- Ruth Percca Chambilla 

- Gian Marco Santana Quispe 

- Nashira Kyomi Medina Quiñonez

CURSO

Derecho Constitucional I

DOCENTE

Dr. Carlos Alberto Pajuelo Beltran

TACNA - PERÚ

2025


NTRODUCCIÓN

El constitucionalismo, como concepto y práctica, ha evolucionado a lo largo de los siglos, marcando hitos trascendentales en la historia de las sociedades. Este fenómeno, entendido como la organización de los poderes del Estado y la garantía de los derechos fundamentales a través de una constitución, ha sido moldeado por contextos históricos, filosóficos y políticos. Desde las primeras formas de organización política en la antigüedad hasta la consolidación de estados modernos con constituciones escritas, el constitucionalismo refleja el esfuerzo humano por establecer un equilibrio entre autoridad y libertad.

En este primer capítulo, se abordan los antecedentes históricos del constitucionalismo, analizando la evolución del concepto de constitución, la influencia de la filosofía política en su desarrollo y los eventos históricos que impulsaron su consolidación. Asimismo, se examina el contexto previo al surgimiento del constitucionalismo, caracterizado por el predominio del Antiguo Régimen y las transformaciones derivadas de movimientos como la Ilustración y las revoluciones inglesa, americana y francesa. Estos acontecimientos no solo marcaron un cambio en la concepción del poder, sino que también sentaron las bases para los principios democráticos y los derechos fundamentales que definen las constituciones contemporáneas.

El análisis de estos antecedentes permite comprender cómo los ideales filosóficos y los eventos históricos han influido en la configuración de las estructuras políticas actuales, destacando el papel de la razón, la libertad y la igualdad en el desarrollo del constitucionalismo moderno.

 

CAPITULO I. Antecedentes Históricos del Constitucionalismo 

1.1.  Evolución del concepto de constitución 

El término "constitución" proviene del latín constitutio, que se refiere a la organización y establecimiento de un sistema político. A lo largo de la historia, el concepto ha evolucionado significativamente. En la antigüedad, las constituciones eran entendidas como normas que regulaban la vida política y social de las comunidades, sin necesariamente estar escritas. Con la llegada de la Edad Media, la Carta Magna (1215) en Inglaterra marcó un hito al establecer límites al poder del rey, sentando las bases para el constitucionalismo moderno. 

Durante el siglo XVIII, se produjo una transformación significativa con la aparición de constituciones escritas, como la Constitución de los Estados Unidos (1787) y la Constitución Francesa (1791), que no solo organizaban el poder político, sino que también incluían declaraciones de derechos fundamentales. En el siglo XIX, el concepto de constitución se expandió globalmente, convirtiéndose en una norma fundamental en prácticamente todos los estados modernos. Las constituciones contemporáneas abarcan no solo la organización del poder político, sino también principios económicos y sociales. 

1.2.  Contexto histórico previo al constitucionalismo 

1.2.1. La Ilustración 

El siglo XVIII fue testigo de la Ilustración, un movimiento intelectual que promovió ideales de razón, libertad e igualdad. Filósofos como John Locke, Montesquieu y Rousseau cuestionaron la autoridad absoluta y abogaron por un gobierno basado en el consentimiento del pueblo. Sus ideas sobre la separación de poderes y los derechos naturales sentaron las bases para el desarrollo de constituciones escritas que limitaran el poder estatal y protegieran los derechos individuales 

1.3. Revoluciones que impulsaron el constitucionalismo 

1.3.1. Revolución Inglesa  

La Revolución Inglesa fue un conflicto armado entre el Parlamento y el rey Carlos I, que resultó en la ejecución del monarca y la instauración temporal de una república bajo Oliver Cromwell. Este periodo fue crucial para el desarrollo del constitucionalismo porque: 

Limitación del Poder Real: La ejecución del rey marcó un hito en la lucha por limitar el poder monárquico. La idea de que un monarca podía ser juzgado y condenado por sus actos sentó las bases para futuras reivindicaciones democráticas. 

Documentos Clave: La Carta Magna y el Bill of Rights (1689) establecieron principios fundamentales sobre derechos individuales y limitaciones al poder real. El Bill of Rights garantizó derechos como la libertad de expresión y prohibió castigos crueles, influyendo en futuras constituciones. 

1.3.2. Revolución Americana 

La Revolución Americana marcó un hito en la historia del constitucionalismo, siendo más que un conflicto por la independencia de las colonias británicas. Impulsados por el deseo de autogobierno y las ideas ilustradas sobre derechos humanos, los colonos cuestionaron la autoridad británica, especialmente frente a políticas opresivas como la imposición de impuestos sin representación. 

En 1776, la Declaración de Independencia proclamó que todos los hombres son creados iguales y poseen derechos inalienables, como la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Este documento no solo justificó la lucha por la independencia, sino que estableció principios fundamentales para el futuro gobierno. Tras la independencia, surgió la necesidad de una constitución. (Constitución de los Estados Unidos, 1787) 

El impacto de la Revolución Americana trascendió fronteras, inspirando movimientos globales y fomentando la adopción de constituciones escritas. Estas formalizaron principios democráticos y derechos humanos, consolidando el constitucionalismo como una forma legítima de organización política que promueve tanto el orden social como el respeto a las libertades individuales 

1.3.2.1. Constitución Federal de 1787 

Tras la independencia, surgió la necesidad de una constitución. En 1787, se redactó por delegados de los estados la Constitución de los Estados Unidos, que implementó un sistema de separación de poderes entre el ejecutivo, legislativo y judicial. Este modelo limitó el poder del gobierno federal y garantizó derechos individuales mediante las primeras diez enmiendas, conocidas como la Carta de Derechos. 

La Constitución se compone de un preámbulo y siete artículos que establecen las funciones y límites del gobierno federal. Los primeros tres artículos definen las ramas legislativa (Congreso), ejecutiva (Presidencia) y judicial (Corte Suprema), asegurando un sistema de separación de poderes. 

La Constitución introduce conceptos clave como la soberanía popular, el gobierno limitado y el estado de derecho. La inclusión de la Carta de Derechos (1791) fue fundamental para garantizar libertades individuales, como la libertad de expresión, religión y el derecho a un juicio justo. 

La Constitución Federal sirvió como modelo para muchas otras naciones que buscaban establecer sistemas democráticos basados en principios constitucionales. 

1.3.3. Revolución Francesa (1789) 

La Revolución Francesa es otro hito significativo en la historia del constitucionalismo. Inspirada por los ideales ilustrados y los acontecimientos en América, esta revolución buscó derrocar al antiguo régimen y establecer una república basada en principios democráticos. 

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: Proclamada en 1789, esta declaración estableció derechos universales como la libertad, igualdad ante la ley y el derecho a participar en asuntos públicos. Este documento sentó un precedente para futuras declaraciones de derechos en todo el mundo. 

Constituciones Francesas: A lo largo de la revolución, se promulgaron varias constituciones (1791, 1793), que reflejaron intentos radicales de establecer un gobierno republicano basado en la voluntad popular. Aunque estas constituciones enfrentaron desafíos políticos significativos, su legado perdura en el desarrollo del constitucionalismo europeo. 

CAPITULO II: Documentos clave en la historia constitucional  

2.1. Magna Carta y su legado 

La Carta Magna , promulgada en 1215 en Inglaterra, es un documento considerado un pilar fundamental en el desarrollo del constitucionalismo moderno. Fue resultado de un acuerdo entre el rey Juan Sin Tierra y un grupo de barones rebeldes, quienes exigían limitaciones al poder monárquico y la protección de ciertos derechos. Aunque inicialmente se centró en derechos de la nobleza, su importancia radica en: 

La introducción del principio de que el monarca está sujeto a la ley. 

La garantía del debido proceso legal y la protección frente a detenciones arbitrarias. 

La influencia que tuvo en documentos posteriores, como la Declaración de Derechos de Inglaterra (1689) y la Constitución de los Estados Unidos. 

2.2. Bill of Rights  en Inglaterra 

La Declaración de Derechos de 1689 marcó un hito en la historia del parlamentarismo inglés. Proclamado tras la Revolución Gloriosa, este documento consolidó el poder del Parlamento frente al monarca, estableciendo principios clave como: 

La prohibición de suspender leyes sin el consentimiento parlamentario. 

La protección de las libertades individuales, como el derecho a solicitar al rey. 

El fortalecimiento de las elecciones parlamentarias libres y regulares. Su impacto se extendió más allá de Inglaterra, influyendo en las ideas democráticas y el desarrollo del constitucionalismo global. 

2.3. Las Cortes de Cádiz (1810) y su importancia en Iberoamérica 

Las Cortes de Cádiz, establecidas durante la ocupación napoleónica de España, representaron un momento crucial en la historia constitucional iberoamericana. En 1812, estas cortes promulgaron la Constitución de Cádiz, que incluyó principios innovadores: 

Reconocimiento de la soberanía nacional y la división de poderes. 

Reconocimiento de derechos individuales como la libertad de imprenta. 

Influencia directa en los procesos de independencia y redacción de las primeras constituciones en América Latina. 

 CAPITULO III: El constitucionalismo en Hispanoamérica 

 3.1. Primeras constituciones en el contexto de independencia 

En el marco de las luchas por la independencia, los países hispanoamericanos buscaron consolidar sus estructuras políticas a través de constituciones inspiradas en ideas modernas. 

Ejemplos destacados incluyen: 

Constitución de Apatzingán (1814) en México, con énfasis en los derechos del pueblo y la soberanía. 

Constitución de Cundinamarca (1811) , uno de los primeros textos en la Colombia actual. 

Las primeras cartas de Argentina, Chile y Venezuela, que incorporan principios republicanos y libertades fundamentales. 

 

 3.2. Influencia de las ideas liberales en las constituciones latinoamericanas 

El constitucionalismo en América Latina estuvo profundamente influenciado por las ideas de la Ilustración y los movimientos liberales europeos. Principios claves adoptadas incluyen: 

La separación de poderes como garantía frente a la tiranía. 

Los derechos individuales, como la libertad de expresión y la igualdad ante la ley. 

Modelos republicanos inspirados en Estados Unidos y Francia. Estas ideas también se adaptaron a las particularidades sociales y culturales de la región, marcando el inicio de un camino complejo hacia la consolidación democrática. 

CAPITULO IV: Clasificación de Constituciones 

4.1. Según su origen 

Constituciones otorgadas: Estas son aquellas que un soberano concede al pueblo sin 

una participación significativa de este en el proceso. Tradicionalmente, están asociadas a regímenes monárquicos donde el monarca es visto como el depositario de la soberanía. 

Constituciones pactadas: Estas surgen de un acuerdo entre diferentes partes, 

reflejando un consenso político. A menudo, son el resultado de negociaciones entre actores políticos diversos. 

Constituciones promulgadas: Este tipo se considera más democrático, ya que 

implica un proceso en el que se reconoce la voluntad del pueblo. Generalmente, estas constituciones son el producto de asambleas constituyentes o referendos, donde los ciudadanos tienen la oportunidad de participar activamente en su creación. 

4.2. Según su estructura 

Constituciones codificadas: Este término se refiere a aquellas que agrupan todas las normas fundamentales en un solo documento, facilitando su consulta y aplicación. En este sentido, las constituciones codificadas son más sistemáticas y organizadas. 

Constituciones no codificadas: A diferencia de las codificadas, estas no tienen un solo documento que compile todas las normas constitucionales; en cambio, están dispersas en diversas leyes y documentos históricos. Esto puede dificultar su interpretación y aplicación. 

4.3. Según su eficacia 

Constituciones normativas: Estas constituciones son efectivas y se cumplen en la práctica. Las normas que contienen son aplicadas y respetadas, lo que garantiza su fuerza vinculante. Se considera que existe una coherencia entre lo que establece la norma y lo que realmente ocurre en la sociedad. 

Constituciones nominales: En este caso, hay una discrepancia entre lo que la constitución establece y lo que realmente se aplica en la práctica. Aunque existen normas constitucionales, estas no son respetadas y acatadas, lo que genera una falta de efectividad en su aplicación. 

Constituciones semánticas: Estas constituciones son consideradas meramente simbólicas, donde las normas pueden existir en el papel pero no tienen un impacto real en el funcionamiento del Estado o en la vida cotidiana de los ciudadanos. A menudo, estas constituciones están asociadas con regímenes autoritarios donde se proclaman derechos y libertades sin que se respeten. 

4.4. Según su reformabilidad 

Constituciones rígidas: Estas requieren un procedimiento especial y más complejo para su modificación, que es diferente del proceso utilizado para las leyes ordinarias. Por lo general, se necesita un alto quórum para llevar a cabo una reforma. Un ejemplo es la Constitución Argentina, que exige dos tercios de los votos en el Congreso para realizar modificaciones 

Constituciones flexibles: Estas se pueden modificar utilizando el mismo procedimiento que se aplica a las leyes ordinarias, lo que facilita su reforma. Este tipo de constitución es común en países como el Reino Unido y Nueva Zelanda, donde no se requiere un proceso especial para realizar cambios 

4.5. Según su extensión 

Constituciones sumarias: Una constitución concisa es una constitución que tiene un número limitado de disposiciones y se centra en establecer los principios básicos del sistema legal y político del estado. El objetivo de esta Directiva es proporcionar un marco general para la acción gubernamental y proteger los derechos fundamentales sin entrar en detalles innecesarios. Se caracteriza porque Contienen pocas disposiciones (por ejemplo, la Constitución de los Estados Unidos sólo tiene siete disposiciones). Se centran en los aspectos más esenciales de la organización política. A menudo dejan la elaboración de aspectos más detallados al derecho consuetudinario. 

Constituciones desarrolladas: Por otra parte, el nuevo proyecto de constitución se presenta de forma más detallada y elaborada, incluyendo numerosas normas y principios que regulan muchos aspectos diferentes del sistema jurídico. Estas constituciones a menudo no sólo definen la estructura del gobierno sino también un conjunto de derechos, responsabilidades y procedimientos a seguir. 

CAPITULO V: Análisis Comparativo de Clasificaciones 

5.1. Diferencias y similitudes entre clasificaciones 

Diferencias 

Extensión y detalle: Las constituciones sumarias son cortas y se centran en principios generales, mientras que las desarrolladas son más largas y abarcan una mayor cantidad de temas. 

Enfoque normativo: Las constituciones sumarias dejan muchos detalles para que se resuelvan en leyes ordinarias, pero las desarrolladas buscan incluir todos los aspectos importantes directamente en el texto constitucional. 

Similitudes 

Función principal: Ambas tienen el objetivo de establecer las reglas para que el 

Estado funcione y garantizar los derechos de las personas. 

Capacidad de adaptarse: Tanto las constituciones sumarias como las desarrolladas pueden modificarse para ajustarse a los cambios sociales y políticos. Sin embargo, reformar una constitución desarrollada suele ser más complicado porque es más extensa. 

    

CONCLUSION 

El estudio del constitucionalismo y sus antecedentes históricos revela su evolución como un proceso dinámico y multidimensional que refleja las aspiraciones de las sociedades por organizarse bajo principios de justicia, igualdad y libertad. Desde los primeros documentos como la Carta Magna hasta las constituciones modernas, se observa una progresiva sofisticación en la protección de derechos fundamentales y la limitación del poder estatal. 
La influencia de la filosofía política, especialmente de pensadores como Locke, Rousseau y Montesquieu, fue crucial para sentar las bases del constitucionalismo contemporáneo. Sus conceptos de contrato social, soberanía popular y separación de poderes han sido pilares en la construcción de sistemas democráticos. 
Las revoluciones inglesa, americana y francesa marcaron hitos en la historia del constitucionalismo, transformando la relación entre el poder y los ciudadanos, e inspirando movimientos en todo el mundo, incluyendo Hispanoamérica. En este contexto, las primeras constituciones en América Latina, como la de Apatzingán, reflejaron una adaptación de estas ideas a las particularidades de la región. 
El análisis comparativo de las distintas clasificaciones de constituciones resalta la diversidad en su diseño y aplicación, desde su origen y estructura hasta su eficacia y capacidad de reforma. Esta diversidad responde a las necesidades específicas de cada sociedad y demuestra la flexibilidad del constitucionalismo para adaptarse a distintos contextos históricos y culturales. 

En suma, el constitucionalismo no solo es un marco normativo sino también un reflejo de los valores y aspiraciones de las sociedades. Su evolución histórica y su impacto global evidencian su papel central en la consolidación de los Estados modernos y en la garantía de los derechos fundamentales de las personas. 

   

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 

Bruzón Viltres, C. (2011). DERECHO CONSTITUCIONAL: MOMENTOS PARA UNA 

PERIODIZACIÓN. ALGUNOS RETOS y DEBATES ACTUALES. Scielo. 

https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-00122011000100006 

     Dannemann, V. (2020, 27 octubre). Constituciones latinoamericanas: frecuente recambio. 

dw.com. https://www.dw.com/es/constituciones-latinoamericanas-frecuente-recambio-ysello-propio/a-55364607 

      E. Paolantiano, M. Antecedentes y evolucion del constitucionalismo. Derecho UBA. 

http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/lye/revistas/47/antecedentes-y-evolucion-delconstitucionalismo-constitucionalismo-liberal-y-constitucionalismo-social.pdf 

      González Hernández, E. (2020, 28 diciembre). El arte de escribir la historia de la «Revolución constitucional». Revista de las Cortes Generales. 

https://revista.cortesgenerales.es/rcg/article/view/1531 

      La Constitución - Formación Cívica - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. 

https://www.bcn.cl/formacioncivica/detalle_guia?h=10221.3%2F45675 

      Lecuona, E. (2021, 1 enero). Liberalismo y constitucionalismo en la revolución de 1820: una perspectiva transnacional. Licence OpenEdition Books. 

https://books.openedition.org/ariadnaediciones/10570 

      ¿Más o menos texto?: Cómo y por qué influye el tipo de extensión de una Constitución. Facultad de Derecho UDP - Universidad Diego Portales. https://derecho.udp.cl/mas-o-menostexto-como-y-por-que-influye-el-tipo-de-extension-de-una-constitucion/ 

      Napurí, C. G. (2020, 7 agosto). La tipología de las constituciones. Escuela de posgrado U. Continental. https://blogposgrado.ucontinental.edu.pe/la-tipologia-de-las-constituciones 

       ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL CONSTITUCIONALISMO  HIDALGUENSE DEL SIGLO XIX Y REPERCUSIONES  A PRINCIPIOS DEL SIGLO XX. (2001). Archivos.juridicas.unam. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/8/17.pdf 

       Tribuna Constitucional. (2019, 25 agosto). LA HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO - Tribuna Constitucional 71- Guido Aguila Grados [Vídeo]. YouTube.https://www.youtube.com/watch?v=eNYV1wPXv8Q 

       Tribuna Constitucional. (2020, 6 noviembre). LA CLASIFICACIÓN DE LAS CONSTITUCIONES - TC 193 [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=DZNuGbNkpQs 

        Visión panorámica del constitucionalismo en el S. XX. Diego Valadés. (s. f.). 

https://www.ugr.es/~redce/REDCE12/articulos/02Valades.htm 

 

Diapositivas:
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